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13 de Junio, 2008 ·  General

SEPARACION DE HECHO. CONVENIO DE REGIMEN DE TENENCIA, ALIMENTOS Y REGIMEN DE VISITAS

Respuesta para Elizabeth:

                                            Elizabeth realizó la siguiente consulta:

"Yo me encuentro separada de mi marido con quien contraje matrimonio en el año 1996, del cual nacio nuestra unica hija que tiene 12 años. El año pasado el abandono el hogar y con fecha 19 de junio de 2007 hemos firmado un CONVENIO DE TENENCIA, ALIMENTOS Y REGIMEN DE VISITAS, en el Colegio de Abogados de San Isidro. En el cual me otorgaba la tenencia a mi, se pacto una cuota alimentaria de $100 pesos semanales los dias viernes, lo que haria un total de $400 mensuales, de los cuales solo abono $300 el día 9 de julio del año pasado. El regimen de visitas para el era amplio, previo llamado telefonico para convinar el horario. Ha venido pocas veces y luego dejo de hacerlo ya que yo no queria que se lleve a nuestra hija con su actual pareja. No obstante ello, el día 1 de enero de 2008, mi ex esposo ingreso por una de las ventanas de nuestra casa, haciendo desmanes y golpeando a un sobrino que vive alli, es por eso que radique la denuncia e intervino el Tribunal de Familia N 2 de San Isidro y le prohibio acercarse a nuestra casa a mas de 300 mts. Ahora recibo una llamada de su aboghada, solicitandome el divorcio y que cumpla con el regimen de visitas. El para el cumpleaños de la nena le envio un muñeco con un remis pero no la fue a ver. Y ahora reclama el derecho de las visitas y me intima, cuando hace muchisimo tiempo que nisiquiera llama a su hija. QUE ES LO QUE DEBO HACER?. EL ME ACUSA DE INCUMPLIMIENTO DE REGIMEN DE VISITAS, PERO EL JAMAS CUMPLIO CON LA CUOTA PACTADA, Y YO NO LE PRIVE QUE VEA A SU HIJA EN NUESTRA CASA O EN UNA PLAZA, SOLO QUE NO QUIERO QUE LA LLEVE AL LUGAR DONDE ESTA COIN SU ACTUAL PAREJA. POR FAVOR, QUE DEBO HACER, ESTA MAL, TENGO UN MAL PROCEDIMIENTO?.
LE AGRADECERIA SU RESPUESTA Y MIL PERDONES POR EL TIEMPO ROBADO".

Respuesta:

En primer lugar debe avertigüar si el convenio que firmaron ante el Colegio de Abogados se encuentra homologado ante la Justicia. Si es asi, entonces, solicite la ejecución de ese convenio con el fin de reclamar las cuotas alimentarias para su hija, y sino está homologado, solicite que se lo haga para darle fuerza de ley (de esa forma tiene los efectos de una sentencia constituyendo ley para las partes).

A su vez, usted se encuentra obligada por convenio a cumplir con un régimen de visitas amplio y debe respetarlo. No debe olvidar que el vínculo parental no debe ser cortado ya que debe primar el bienestar de la menor. Que su ex no le abone la cuota alimentaria no tiene absolutamente nada que ver con que usted respete o no el régimen de visitas. En todo caso lo que debería hacer es solicitar dentro esa homologación de convenio que debe hacer o, si ya está efectuada, dentro de ese expediente, una modificación del régimen de visitas solicitando que el mismo sea pautado. Es decir, usted brindará una propuesta de visitas donde tendrá en cuenta los días feriados, vacaciones, fines de semana y días de fiestas y cumpleaños, con la mayor igualdad para ambos padres. Y también su derecho a decir que no se encuentre presente en las visitas, la actual pareja de su esposo. Siempre y cuando dé motivos justificados de esta negativa y se denote que no supone un mero capricho suyo, el juez va a dar curso a su petición. Pero, de todas formas, a los 12 años su nena puede negarse por sí a esto o aceptarlo, porque se lleva bien con esta persona por ejemplo. Los chicos deben decidir por sí para su bienestar, no lo olvide. Puede ser que provisoriamente usted sienta esa necesidad pero tenga en cuenta también la opinión de su hija. De su propuesta se le va a dar conocimiento a su ex y éste decidirá si acuerda o no la modificacón de ese régimen de visitas amplio a uno pautado.

Si usted impide a su ex visitar a su hija, él puede iniciarle una acción penal por impedimento de contacto. Y si él no cumple con la cuota alimentaria, usted puede iniciarle una acción penal por incumplimiento de deberes de asistencia familiar. Pero, le aconsejo que no piense en iniciar este tipo de acciones penales porque lo que debe primar, aunque se encuentres separados, es el díálogo, por el bienestar de su hija. Si se meten ambos en cuestiones penales ya no podrán hablar en buenos términos y si existía anteriormente la posibilidad de un arreglo de todas estas cuestiones, le aseguro que una vez iniciadas las acciones penales no existirá más ninguna posibilidad de arreglar nada.

Me relata que su marido le quiere iniciar un divorcio. Estimo que si el abogado de él la llamo a usted es para poder arribar a un divorcio de mutuo consentimiento. En cambio, si usted se niega le iniciará un divorcio contradictorio. De todas formas dentro de estos expedientes también se introducen los convenios sobre tenencia, régimen de visitas y alimentos, asi que el expediente que se formó con anterioridad pasará a formar parte de éste. No se va a hacer un convenio nuevo porque está ese vigente.

Con respecto al tema de la prohibición de acercamiento a 300 mts., son medidas cautelares, provisorias. Transcurrido el plazo puede renovarlo por igual lapso. Si él no cumple esta restricción debe denunciarla ante el mismo Juzgado que libró la prohibición para lograr que él cumpla con lo ordenado.

Las cuestiones familiares cuando van a la justicia son muy dolorosas, por lo que le aconsejo que los tres intregrantes de la familia inicien una terapia que ayude a mantener la armonia que necesitan para criar a su hija.   Dra. Panizo

Palabras claves separación, convenio, tenencia, alimentos, régimen, visitas
publicado por mar2009 a las 08:01  ·  4 Comentarios  ·  Recomendar
 
Comentarios (4)  ·  Enviar comentario
Soy colombiana, hace 4 años vivo en concubinato con el padre de mi hija de 3 años (argentina). Esta relación ha sido bastante tirante, puesto que vivimos en la misma casa con los padres de él, quienes siempre intervinieron en la relación y con los temas de la nena, convirtiendose la pareja en prácticamente hermanos y hermanos mayores de nuestra hija.

El papá de mi hija consume marihuana, casi todos los días, en sus períodos de abstinencia se pone muy agresivo y hace dos años llegó a golpearme en varias oportunidades. Su agresión psicológica es constante, eso hizo que yo desde hace 2 meses le propusiera una separación.

Empecé a hacer mis trámites para buscarme un trabajo, una vivienda y todo lo necesario para que a mi hija no le falte nada, y la mejor opción tanto para mí como para ella fue en Córdoba, Capital. En el momento de informarle a él que mis planes no estaban en Buenos Aires, se transformó y se puso muy violento, me amenazó de muerte y me levantó la mano, tuve que salir corriendo, y él detrás, justo había pasado un patrullero, esto fue a las 2am del pasado domingo. El patrullero me hizo ingresar para declarar y el padre de mi hija tuvo que volver a la casa. Yo presenté una declaración que se convirtió en denuncia penal por amenaza de muerte. Todo esto desató un ciclo de situaciones con los abuelos de la nena, que viendo mi estado de inofención y de desconocimiento, y al escuchar unilateralmente la negación de los hechos de su hijo ante la denuncia, se pusieron en mi contra amenazandome de que no me podía llevar la nena a ningún lado. Que iban a llamar a la comisaría por secuestro y abandono y que el juez tenía que decidir.

Me dirigí a la Defensoría, ahí me asignaron un abogado de consulta, quien me recomendó ir a la Casa de la Justicia de Caseros, estuve esta mañana exponiendo mi caso, y por medio de un MEMO se le citó para ir mañana a una mediación y se negó a asistir.

Yo ya tengo todo esperándome en Córdoba, hay abogados y personas que me dicen que yo puedo irme con la nena en cualquier momento y a donde yo quiera siempre y cuando no la saque del país y le notifique el domicilio al padre. Yo en ningún momento quiero prohibir o impedir el contacto con su papá, sin embargo para mí es imposible quedarme en Buenos Aires y mi decisión fue irme para cambiar mi vida y mi aire.

La consulta es fundamentalmente, además de que ellos (padre y abuelos) puedan pedir un régimen de visitas por medio judicial, qué más me pueden hacer? me pu
publicado por Margarita Arango, el 18.06.2008 21:29
Me pueden obligar a quedarme en Buenos Aires? o a quedarme en esta casa donde corro peligro permanente y me amedrentan todo el tiempo, me siento vigilada y presa.

Muchisimas gracias.

Margarita Arango
publicado por Margarita Arango, el 18.06.2008 21:36
Hace 2 años que convivo con mi pareja y tenemos una hija de 1 año y dos meses. Nunca nos casamos legalmente. Las cosas no funcionan y vamos a separarnos. En realidad soy yo la que quiere separarse y el dice que me vaya cuanto antes, pero, que no voy a llevarme nada.
Despues de 2 años, me corresponde llevarme un 50 por ciento de los muebles y electrodomesticos que adquirimos durante nuestra convivencia o no tengo ningun derecho por no estar casada legalmente?
Muchas Gracias.
publicado por Silvina Avellaneda, el 06.07.2008 00:40
Las cuestiones familiares cuando van a la justicia no son dolorosas, por lo que le aconsejo que los tres intregrantes de la familia inicien juicio.
publicado por tanga, el 11.08.2008 14:39
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